By: Gilles Miller

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Orientaciones para la aplicación de los 12 principios de la INTOSAI-P 50

En su Asamblea General celebrada en Lisboa (Portugal) en septiembre de 2021, el Foro de EFS con Funciones Jurisdiccionales adoptó una guía con orientaciones destinadas a dar a conocer y a promover el ejercicio de las misiones jurisdiccionales y contenciosas por parte de las EFS investidas de esta competencia. Estas orientaciones proporcionan – e ilustran de forma muy concreta – el marco de referencia para dicho ejercicio en condiciones de independencia, objetividad o neutralidad, rigor jurídico, interés público y equidad, en consonancia con las normas internacionales más exigentes.

La norma INTOSAI-P 50

Los Principios Fundamentales de la INTOSAI figuran en la cúspide de los pronunciamientos profesionales de la INTOSAI, inmediatamente después de las Declaraciones de Lima y México, que representan la “Carta Magna” del control externo de las finanzas públicas y definen las condiciones para su funcionamiento independiente y eficaz. Hasta la fecha, en 2024, existen tres documentos al respecto: uno dedicado al valor y los beneficios que las EFS aportan a los ciudadanos (INTOSAI-P 12), otro a la transparencia y la rendición de cuentas (INTOSAI-P 20), y un tercero que establece los 12 principios que deben guiar la actuación de las EFS con atribuciones jurisdiccionales en el ejercicio de sus funciones.

Panorámica de los diferentes modelos de EFS con especial atención al modelo jurisdiccional

En el mundo coexisten tres modelos de entidades fiscalizadoras superiores, con diversas variantes. Todos ellos cuentan con una dilatada historia, que a veces incluso se remonta a la Edad Media, si bien fueron renovados y desarrollados entre el siglo XVIII y principios del siglo siguiente, cuando se constituyeron los Estados modernos.